lunes, 13 de mayo de 2019

Aceptan los indios del R.V. la población de españoles en el paraje llamado Santa Elena

"El pocito" (atras del mercado de Cd. Fdz.).

Donde fue y estuvo la primera fundación de este pueblo del Rioverde, 
que dista media legua, poco más o menos, 
de donde ahora está fundado este pueblo (del Rioverde en el Palmar), 

pero es en el paraje de Santa Elena donde está el Ojo de Agua dulce que es el único, y de donde se provee (de agua dulce) este pueblo de Rioverde para beber, y abundante para unos y otros, y hay tierras bastantes para que los españoles puedan sembrar de temporal.

A continuacion 3 curtillas de los 
Documentos en que se transcriben algunos puntos del informe que rindió fray
Martín Herrán, refutando al que rindió el capitán Juan Troncoso, protector de la Custodia del Rioverde. (Esto solo por lo que se refiere a C. Fernández).

Respuesta.- Por lo que se refiere al primer punto de esta consulta responde el consultante (capitán Juan Troncoso), que el excelentísimo señor marques de La Laguna Virrey, que fue de esta Nueva España, se sirvió mandar pedir información para que en esta frontera del Río Verde se formase una villa o pueblo de españoles por las conveniencias de ser tierras útiles y provechosas, (a lo que respondió fray Martín Herrán):

Que dado que dicho despacho, no es, sino expedido por el excelentísimo Conde de la Monclova… aunque se pudiera poner en ejecución por ser a propósito y tener las comodidades de tierras y aguas, si bien salobres para una agregación de españoles e indios; 

también, por haber bastante número de vecinos y extensión de tierras para la Villa, se me ofrece la dificultad con el perjuicio que la experiencia ha enseñado en muchas partes y que lo mismo será la ejecución en dicha población de españoles, que al de ser pueblo de los naturales o indios por la contrariedad y oposición en su naturaleza; 

salvo si consultados dichos indios la abrazaren de voluntad y así lo siento, en este particular. En el décimo punto contenido en dicha consulta dice: que su ánimo no es otro que el celo de la Justicia, servicio de ambas Majestades, el bien común y la seguridad de todas estas fronteras para que se funde en este pueblo una Villa de españoles en agregación,

 y que de tener efecto la referida, será para bien, el que los haberes de su Majestad se alivien de esta pensión que se consume en el sueldo del capitán Protector, y se restrinja la plaza reduciéndola a tenientazgo de San Luis por no poderse llevar en coincidencia a su Majestad el sueldo cuando no padece riesgo alguno ni se emplea en aumento del Real Servicio.

A lo que responde, por lo que mira a la primera parte de la proposición (que se reduce en la consulta).

Reproduzco en este particular lo referente a la Villa y a su fundación, lo que tengo respondido en el primer punto, por ser cosa que antes de definir esta respuesta la tengo comunicada al gobernador, alcaldes principales, común y naturales de este Pueblo; 

por lo que mira a este particular respecto a la población y agregación de españoles en el paraje que llaman Santa Elena, por noticia que les ha dado públicamente el dicho consultante, diciéndoles que venía el juez a dar vista de ojos para su ejecución y efecto: 

aceptan los indios la congregación o población de españoles en el paraje llamado Santa Elena; a donde fue y estuvo la primera fundación de este pueblo del Rioverde, que dista media legua, poco más o menos, de donde ahora está fundado este pueblo (del Rioverde en el Palmar), 

pero es en el paraje de Santa Elena donde está el Ojo de Agua dulce (arriba mencionado) que es el único, y de donde se provee (de agua dulce) este pueblo de Rioverde para beber, y abundante para unos y otros, y hay tierras bastantes para que los españoles puedan sembrar de temporal y los indios abrasan tal pretensión con las cualidades y condiciones siguientes:

La Primera.- En dicho Ojo de Agua, en donde hubiese de ponerse dicha población (de españoles), se ponga por divisa y mojonera el mencionado nacimiento (del ojo de agua), cogido por el centro, junto a la población que se hiciere, y se echen dos mojoneras tirando líneas rectas hacia un abujón de norte a sur; a corto trecho de tiro de arcabuz; la una por la otra banda del río, que es la parte del norte y la otra por la parte del sur, para que dichos españoles que se poblaren ahí, hallen y gocen las tierras que miran hacia la parte del poniente para sus sementeras y pastos de sus ganados.

La Segunda.- Que desde dicha línea recta y mojoneras que se pusieren cogiendo por centro dicho ojo de agua y población de Santa Elena; la parte que mira al oriente que es donde está fundado este pueblo y frontera del Rioverde (en el Palmar), que tiene sus tierras labradas y están todas las cuatro acequias mencionadas, que han hecho los indios y riegan sus sementeras, que se les deje libres para su cultivo y gocen como hasta aquí ahora, teniéndolos con bastante guarda para que los ganados no le hagan daño.

La Tercera.- Que si dicha población o agregación de españoles con el tiempo fuere en aumento, de tal suerte que necesiten más tierras – Se les den, para que se extiendan por la parte del norte que son realengas y no por ninguna otra, porque sería en perjuicio de terceros y de dichos indios.

Paleografia: Jose de Jesus Alvarado Orozco.

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